viernes, 12 de febrero de 2021

Prorroga para el registro de tanques de Autoconsumo hasta el 14 de febrero del 2022

 Se informa que se encuentra publicado  en la Gaceta N° 34 del 18 de febrero del 2021,el decreto Nº 42828-MINAE-S que modifica el  transitorio II del Decreto Ejecutivo N° 42497 MINAE-S “Reglamento de la autorización y registro de tanques estacionarios para autoconsumo de combustibles” de la siguiente forma:


Artículo 1.  Se reforma el transitorio II del Decreto Ejecutivo N° 42497

MINAE “Reglamento de la autorización y registro de tanques

estacionarios para autoconsumo de combustibles” del 24 de

junio del 2018, publicado en el Alcance N° 215 de La Gaceta N° 202

del 14 de agosto del 2020, para que se lea así: 

 

Transitorio II. Se otorga un plazo hasta el 14 de febrero del 2022, para que

quienes operen tanques estacionarios de combustible, registren los mismos,

mediante la presentación digital del formulario correspondiente. 

Esto sin perjuicio de las medidas especiales que pueden

ordenar las autoridades de Salud para prevenir situaciones

de riesgo, en cuyo caso se podría ordenar la presentación

inmediata de dicha documentación por medio del Registro Digital

de Tanques de Autoconsumo.

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