martes, 20 de octubre de 2020

REBAJOS PRESUPUESTARIOS CONTEMPLADOS EN LAS MOCIONES 76 Y 169 PRESENTADOS POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, QUE AFECTARÁN LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES.

 19 de Octubre del 2020 

RECOFEN-098-2020



Asunto: REBAJOS PRESUPUESTARIOS CONTEMPLADOS EN LAS MOCIONES 76 Y 169 PRESENTADOS POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, QUE AFECTARÁN LAS FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE Y COMERCIALIZACIÓN DE COMBUSTIBLES.



Estimados Usuarios.


Por medio de la presente le indico que se nos ha solicitado reducir el gasto en el Presupuesto del año 2021 en las siguientes partidas, de acuerdo con las mociones 76 y 169 presentadas por la Asamblea Legislativa, con lo cual tendremos afectaciones importantes que se detallan:


MOCION 76. REDUCIR LAS SIGUIENTES PARTIDAS PRESUPUESTARIAS.



PARTIDA

DESCRIPCIÓN

PRESUP. 2021

RECORTE

10301

Información

300.000,00

60.000,00



Rebajar esta partida significa no contar con el monto mínimo para poder publicar los nuevos Decretos y lineamientos técnicos y legales correspondientes a nueva legislación y normativa, con lo cual se afectará tramitología oportuna a los Usuarios.



10307

Serv de Tecnologías de Información

500.000,00

100.000,00

Se acepta la reducción.



10499

Otros Serv Gestión y Apoyo.

7.609.000,00

1.521.800,00



Implica no poder cubrir el pago del Servicio de Monitoreo y Alarmas del Edificio, poniendo en riesgo el inmueble y los activos que se encuentran en él, además de contemplar el pago de la Revisión Técnica Vehicular, con lo cual al no realizarse en los vehículos de la DGTCC, no se podrán utilizar y por ende se afectará la realización de inspecciones y fiscalizaciones, promoviendo que se tarde más tiempo en el otorgamiento de renovaciones y concesiones nuevas en Estaciones de Servicio, Tanques de Almacenamiento y Transporte de Combustibles.



10501

Transporte dentro del País

35.000,00

7.000,00



Al disminuir este monto, se limita enormemente la realización de giras de inspección y fiscalización, con lo cual los usuarios se afectarán ya que las mismas son necesarias para obtener las renovaciones de permisos y concesiones nuevas en materia de almacenamiento, transporte y comercialización de combustibles, con lo cual no se podrán atender en un tiempo oportuno todas las solicitudes requeridas y retrasará la resolución de trámites y solicitudes presentadas , además que limitará la atención de denuncias poniendo en riesgo la protección ciudadana y del medio ambiente



10502

Viaticos dentro del País

2.250.000,00

450.000,00




Al disminuir este monto, se limita enormemente la realización de giras de inspección y fiscalización, con lo cual los usuarios se afectarán ya que las mismas son necesarias para obtener las renovaciones de permisos y concesiones nuevas en materia de almacenamiento, transporte y comercialización de combustibles, con lo cual no se podrán atender en un tiempo oportuno todas las solicitudes requeridas y retrasará la resolución de trámites y solicitudes presentadas , además que limitará la atención de denuncias poniendo en riesgo la protección ciudadana y del medio ambiente.




10807

Mant y Rep Eq y Mob Of

1.153.000,00

230.600,00



Reducir esta subpartida limitará el pago por mantenimiento y reparación de fotocopiadoras y aires acondicionados, con lo cual podríamos tener denuncias contractuales  por incumplimiento legales, además que los funcionarios no contarán con equipos necesarios y en buen estado para el funcionamiento operativo  de la Dirección lo cual afectará a los usuarios ya que es importante que las fotocopiadoras estén en óptimas condiciones para los procesos documentales que se realizan en la DGTCC, así como los aires acondicionados para brindar condiciones óptimas laborales a los funcionarios.





10808

Mant y Rep Eq Cómputo

5.021.000,00

1.004.200,00




Con esta Reducción se limitará el pago del mantenimiento de computadoras y sistemas de red, lo cual evitará la atención de los medios tecnológicos evitando que los usuarios obtengan en forma oportuna sus documentos correspondientes a la obtención de concesiones y permisos, razón por la cual, al no poder dar mantenimiento tecnológico se retrasarán muchos procesos digitales que se realizan en la DGTCC y que benefician a los usuarios directamente.




20104

Tintas, Pinturas y Diluy

1.000.000,00

200.000,00

Se acepta la reducción.

29901

Útiles y Mat de Oficina

500.000,00

100.000,00

Se acepta la reducción.

29903

Productos de Papel

500.000,00

100.000,00

Se acepta la reducción.




59903

Bienes Intangibles.

2.000.000,00

400.000,00




Si se disminuye este rubro no se podrá realizar la compra de licencias de Windows 10 para actualizar los sistemas informáticos, ya que actualmente contamos con licencias Windows 7 y nuestros equipos solicitan actualizar las licencias para soportar sistemas de digitalización y sistemas virtuales que se utilizan actualmente, lo cual afecta directamente al usuario ya que al no contar con estos avances tecnológicos se tardará más tiempo en la atención virtual de la tramitología limitando así el otorgamiento de concesiones y renovaciones.


MOCION 169. REDUCIR LAS SIGUIENTES PARTIDAS PRESUPUESTARIAS.




PARTIDA

DESCRIPCIÓN

PRESUP. 2021

RECORTE

59903

Bienes Intangibles.

2.000.000,00

1.206.865,00



Si se disminuye este rubro no se podrá realizar la compra de licencias de Windows 10 para actualizar los sistemas informáticos, ya que actualmente contamos con licencias Windows 7 y nuestros equipos solicitan actualizar las licencias para soportar sistemas de digitalización y sistemas virtuales que se utilizan actualmente, lo cual afecta directamente al usuario ya que al no contar con estos avances tecnológicos se tardará más tiempo en la atención virtual de la tramitología limitando así el otorgamiento de concesiones y renovaciones.



Por esta razón antes expuesta, apelamos a nuestros usuarios para que se manifiesten de manera que hagan notar su criterio, ya que estas reducciones afectarán enormemente la función operativa de la DGTCC limitando con ello la atención al público y primordialmente la obtención oportuna de los permisos, concesiones y renovaciones en materia de combustibles y derivados de petróleo, generando incremento en los tiempos de respuesta y disminuyendo la oportuna fiscalización e inspección de las Estaciones de Servicio, Tanques de almacenamiento, Plantas de Gas y Camiones Cisternas, poniendo en riesgo la seguridad ciudadana y la protección del Medio Ambiente, además de exponernos a más denuncias y menos atención de las mismas.


Agradezco su comprensión 


Atentamente,






_______________________________       

LIC. DIEGO SOJO OBANDO

DIRECTOR GENERAL - DGTCC               

 

miércoles, 14 de octubre de 2020

¿Qué se entiende por módulo? Tanques de Autoconsumo - Decreto 42497 MINAE-S

 Alvaro Salas Picado

Jue 8/10/2020 09:55
  •  WALTER JIMENEZ MORA <wjimenez@bomberos.go.cr>
  •  amoya@bomberos.go.cr;
  •  Ronny Rodriguez
Walter Jimenez Mora
Ingeniería de Bomberos



Estimado don Walter; en atención al oficio CBCR-039390-2020-ING-02086 de fecha 6 de octubre del 2020, por instrucciones superiores procedo a responder sus consultas.

  1. ¿Qué se entiende por módulo?, debido a que no está definido en este Reglamento. 

R/. Consideramos que el módulo para autoconsumo es el que está compuesto por el tanque de almacenamiento, el sistema de tuberías de llenado y distribución del mismo, sistemas de contención de derrames y tratamiento de derrames, sistema de detección y alarmas, sistema eléctrico del módulo de autoconsumo o cercano que esté dentro de zona clasificada según el Código Eléctrico de Costa Rica, equipo contra incendios y valvulería propios de cada módulo.  

Desde el punto de almacenamiento hasta el sistema de dispensado de combustible inclusive o desde el punto de almacenamiento hasta el tanque de uso diario o antes de llegar a la caldera u otro sistema de transformación de esa energía. 

 

  1.  Debido a que se indica que dicho módulo debe cumplir en materia de seguridad humana; ¿cuál es el alcance de la inspección?; ¿debe esta incluir las edificaciones? 

R/. Según la respuesta a la pregunta anterior, el alcance de la inspección es para cubrir el módulo para autoconsumo. 

 

  1. ¿A qué se refiere con el análisis de los procesos? 

R/. Para este punto lo que se requiere es que en el informe técnico conforme al artículo 7 inciso c del Decreto Ejecutivo Nº 42497-MINAE-S, se certifique el estado en que se encuentran las instalaciones que forman parte del módulo y detalle el uso que se da a los combustibles almacenados, haciendo una descripción también sobre el trasiego de los mismos desde el punto inicial hasta el punto de consumo. Concluyendo que el proceso o procesos son seguros. 

Muchas gracias por sus consultas, esperamos haber aclarado sus dudas. 

Con gusto atenderemos las consultas que requieran hacernos al respecto.

Atte.

Ing. Alvaro Salas Picado

Jefe Departamento de Ingeniería

DGTCC-MINAE


Conferencias Virtuales Sobre el llenado del formulario en línea para autor...


 

 Conferencias virtuales de la DGTCC sobre el llenado del formulario digital para la autorización y registro de tanques de autoconsumo de combustibles.

14 y 15 de octubre del 2020.

jueves, 8 de octubre de 2020

Actualización de la información sobre las concesiones de transporte de combustibles.

 Estimados concesionarios de transporte de combustibles.

La DGTCC se encuentra en un proceso de actualización de la información sobre las concesiones de transporte de combustibles, por lo cual se les solicita revisar la información consignada en el archivo adjunto y de tener alguna observación sobre la misma hacerla llegar al correo dgtcc@minae.go.cr  indicando en el asunto "Solicitud de corrección información CR-000"  a más tardar el 30 de octubre del 2020.


Para ver el archivo seguir este enlace:  

https://docs.google.com/spreadsheets/d/1LD_o8QRbsvRZtUYc96sqx5as_HWFqDecBz9gZDdfXi0/edit?usp=sharing


O dar click aquí


Se cambio el archivo el día de hoy para consulta  13 de octubre ya que el que estaba tenía activado un filtro por lo cual no se visualizaban algunos expedientes.




miércoles, 7 de octubre de 2020

SUSPENSION DE “DIRECTRIZ SOBRE APLICACIÓN DE DISTANCIAS MÍNIMAS A ESTACIONES DE SERVICIO”, OFICIO DGTCC-DL-2020-115.

DGTCC-DL-2020-242

SUSPENSION DE “DIRECTRIZ SOBRE APLICACIÓN DE DISTANCIAS MÍNIMAS A

ESTACIONES DE SERVICIO”, OFICIO DGTCC-DL-2020-115.

Ministerio de Ambiente y Energía. Dirección General de Transporte y Comercialización de Combustibles. San José, a las 9 horas 30 minutos del 30 de setiembre de 2020.

El 5 de marzo de 2020 se emitió el oficio DGTCC-DL-2020-115 “Directriz sobre aplicación de distancias mínimas a estaciones de servicio”, que señala la posibilidad de aplicar las distancias de resguardo establecidas en el artículo 383 del reglamento 6306 Reglamento de Construcciones del Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo, vigente desde el 31 de julio de 2018, distancia que es menor a la establecida en el artículo 15.10 del Decreto Ejecutivo No 30131-MINAE-S Reglamento para la Regulación del Sistema de Almacenamiento y Comercialización de Hidrocarburos, vigente desde el 31 de marzo de 2002, siempre y cuando la municipalidad respectiva no tuviera una disposición diferente, esto por cuanto el reglamento 6306 es una norma más actualizada.

Sin embargo, en el proceso actual de trabajo interinstitucional para la reforma del Decreto Ejecutivo No 30131-MINAE-S, el Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica (BCBCR), entidad facultada para la prevención y atención de situaciones de emergencias causadas por incendios, según la Ley No 8228 y su reglamento, manifestó la necesidad de mantener las distancias mayores establecidas en el Decreto Ejecutivo No 30131-MINAE-S.

Siendo que el Estado tiene la obligación de resguardar la seguridad de las personas y el ambiente, y en aplicación del principio precautorio, esta Dirección solicitará el criterio técnico sobre esas distancias al BCBCR y determina suspender los efectos de la directriz del Oficio DGTCC-DL-2020-115, hasta tanto se reciba la respuesta del BCBCR, la cual permita a esta

Dirección resolver la distancia mínima que se debe establecer en la nueva regulación y, por ser una norma especial, queda en aplicación la distancia de 100 metros establecida en el Decreto Ejecutivo No 30131-MINAE-S.

Por lo anterior, mediante el presente oficio se procede a suspender los efectos de la directriz emitida en el oficio DGTCC-DL-2020-115 de las 10 horas del 5 de marzo de 2020.

Publíquese en el blog oficial: http://direcciondecombustiblesminaecr.blogspot.com/

Lic. Diego Sojo Obando

Director General, DGTCC


Oficio original:  

https://drive.google.com/file/d/1DibCyjv5SMxbyGRnv1leug1MlWcFrkHK/view?usp=sharing



martes, 6 de octubre de 2020

Conferencia virtual sobre el llenado del formulario en línea para autorización y registro de tanques de autoconsumo de combustibles.

 

Conferencia virtual sobre el llenado del formulario en línea para autorización y registro de tanques de autoconsumo de combustibles.

Ya se encuentra disponible en el blog http://direcciondecombustiblesminaecr.blogspot.com/ y en en la página https://minae.go.cr/, el formulario digital para solicitar la autorización y registro de tanques de autoconsumo de combustibles, de conformidad con el Decreto Ejecutivo Nº 42497-MINAE-S “Reglamento de la autorización y registro de tanques estacionarios para autoconsumo de combustibles":

Dado lo anterior, la DGTCC realizará dos conferencias virtuales (webinars) para que las personas interesadas puedan evacuar sus dudas sobre el llenado del nuevo formulario, la primera de ellas se llevará a cabo el miércoles 14 de octubre del 2020 a las 9 a.m. a través de la plataforma TEAMS.

Los interesados en participar deberán llenar la información solicitada en el siguiente formulario: 

https://forms.office.com/Pages/ResponsePage.aspx?id=pKSxKHTViEqL83YurrouAQDNqIK_8TNPuujMdreC8i5UNjU5T1BQQVJYVEhYUDRLR01ERElNWFBWRS4u

La capacidad del evento es limitada, por lo cual será sólo a las primeras 50 personas que llenen el formulario a quienes se les compartirá el link del evento.

De igual forma, la conferencia será grabada para su posterior consulta.


 


jueves, 1 de octubre de 2020

Formulario para la autorización y registro de tanques de autoconsumo. DGTCC-MINAE

 Formulario para la autorización y registro de tanques de autoconsumo.


Dele click para ingresar al formulario


Decreto Ejecutivo Nº 42497-MINAE-S “Reglamento de la autorización y registro de tanques estacionarios para autoconsumo de combustibles"


La DGTCC próximamente estará realizando conferencias por internet (Webniars) para aclarar dudas sobre el formulario, oportunamente se comunicará en este blog.

GESTION DE TRAMITES DE LA DGTCC

ESTIMADOS USUARIOS: Les informamos que para realizar cualquier gestión referente a los servicios que brinda la DGTCC, debe accesar la pagin...