viernes, 18 de febrero de 2022

Nuevo formulario para el registro de comercializadores de GLP

DGTCC-D-2022-003





San José, 18 de febrero de 2022

Nuevo formulario para el registro de comercializadores de GLP

De conformidad con los artículos 80 y 81 del Decreto 41.150 MINAE-S, para participar en la cadena de suministro de GLP como comercializador, es necesario solicitar el código respectivo otorgado por el MINAE, mediante el ingreso de los datos necesarios de forma digital.

Al efecto y con el fin de simplificar los trámites y fomentar el registro de todos los comercializadores de GLP  y a la luz del nuevo Decreto Ejecutivo N” 43237    del  22/10/2021, “Reforma Reglamento general para la regulación del suministro de gas licuado de petróleo, Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud”,  se ha creado un nuevo formulario para lograr dicho “código” de una manera automática y mediante el aporte de  una información básica, en el entendido que la valoración de las condiciones de seguridad se verifica en el proceso de otorgamiento o renovación del Permiso Sanitario de Funcionamiento.

Al efecto, toda persona física o jurídica que desee operar como comercializador de GLP debe ingresar a la siguiente dirección electrónica: https://direcciondecombustiblesminaecr.blogspot.com/ donde encontrará el nuevo formulario digital para tramitar su solicitud.

Para llenar el formulario y adjuntar en forma digital la información solicitada, es necesario usar una cuenta de gmail.com, ya que el sistema opera bajo esa plataforma, sin embargo ese correo no será usado para notificaciones si así no lo quiere el usuario y puede indicar otros correos al efecto.

No es necesario que la cuenta de gmail.com sea del titular del permiso a efectos de ingresar la información, con una misma cuenta de gmail.com se pueden hacer varias solicitudes, se presume que la información ingresada cuenta con el consentimiento de la persona indicada como solicitante para su ingreso en el registro, y que es conforme a la verdad, salvo prueba en contrario (principio de buena fe).


El formulario consta de varias secciones:


Correo electrónico válido


1. Nombre de Persona Física o Razón social (Indicar el nombre de la persona física o razón social que registra)

2. Nombre comercial

3. Cédula física o jurídica (Indicar la cédula física en el formato: X-XXXX-XXXX Indicar la cédula jurídica en el formato: X-XXX-XXXXXX)

4. Ubicación (Provincia)

5. Ubicación (Cantón)

6. Ubicación (Distrito)

7. Dirección exacta

8. Permiso Sanitario de Funcionamiento (Adjuntar imagen del Permiso Sanitario de Funcionamiento vigente)

9. Patente Comercial (Adjuntar imagen de la Patente Comercial vigente)

10. Número de teléfono de contacto primario

11. Número de teléfono de contacto secundario (En caso de no contar con otro número de teléfono, indicar el número de teléfono de contacto primario)

12. Correo electrónico primario para notificaciones

13. Correo electrónico secundario para notificaciones (Opcional)

El código de comercializador se otorga a la misma persona física o jurídica titular de la Patente y del Permiso Sanitario de Funcionamiento PSF.

El registro mantendrá su vigencia mientras se encuentre vigente el PSF.

Los comercializadores que ya cuenten con su autorización, mantienen la misma mientras se encuentre vigente el PSF, por lo cual no requieren realizar ningún trámite.


Se deja sin efecto el oficio DGTCC-DL-206-2019 Instructivo para el Registro de Comercializadores de Gas (GLP) del 8 de mayo de 2019.


Publíquese en el blog oficial de la DGTCC. 





Lic. Diego Sojo Obando

Director General, DGTCC



CC. Archivo/Consecutivo.



Para ver el oficio dar click.


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